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Colonialismo sobre los recursos y el tratado minero Chile-Argentina

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Colonialismo sobre los recursos y el tratado minero Chile-Argentina

GRAIN
Noviembre de 2007

El Tratado Bilateral de Minería entre Chile y Argentina fue firmado en 1997 por los gobiernos y ratificado en el 2000 por ambos parlamentos. Es parte de un conjunto de leyes y normas diseñadas y aprobadas para implementar y hacer efectivo un Acuerdo de Complementación Económica firmado por ambos países en 1991, al que a su vez se le presenta como parte de la implementación del Tratado de Paz firmado en 1984. Actualmente, 2007, existen más de veinte textos legales —incluido un Tratado para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones— que complementan el tratado minero y constituyen una maraña cada vez más compleja de cláusulas legales destinadas a facilitar las actividades mineras.

El Tratado Minero permite por primera vez la explotación transfronteriza de yacimientos minerales y cubre un área de más de 200.000 kilómetros cuadrados. Tanto el texto del tratado como su justificación ante los respectivos congresos lo presentan como una oportunidad única para que ambos países exploten sus recursos mineros, cooperen en la investigación y desarrollo de nuevas tecnologías mineras, promuevan la “inversión mutua” y protejan la “utilidad pública” y el “interés nacional”. En ninguna parte de menciona que el tratado pudiese ser utilizado por las empresas transnacionales para acceder a los recursos binacionales y explotarlos. A menos de una década desde su ratificación, ha quedado claro que el tratado es una herramienta exclusiva y poderosa para las transnacionales; hasta el momento, ninguna inversión nacional -pública o privada- ha sido aprobada bajo el paraguas de este acuerdo.

Lo anterior no debiera sorprender a nadie. El tratado fue de hecho el resultado de años de presión política por parte de algunas de las empresas mineras más grandes del mundo. Río Grande, Barrick Gold, Flaconbridge, Tenke Mining montaron oficinas nacionales , se unieron a las Cámaras de Minería de cada país y/o desplegaron sus aparatos de presión política. Inicialmente, la presión política produjo “protocolos de facilitación” específicos para cada empresa, los que concedían privilegios y garantías especialmente a Barrick Gold y Falconbridge. Pero el tratado finalmente entregó un marco general que abre la región transfronteriza a cualquier transnacional minera.

Aparentemente, esto no fue suficiente. Se han añadido todo tipo de cláusulas a través de nuevos protocolos cuyos objetivos específicos son facilitar las actividades de las empresas mineras y concederles privilegios y excepciones. Dado que los privilegios pueden ser transferidos a través de la venta de derechos mineros, ellos están plenamente cubiertos por las normas de protección a la inversión. Chile y Argentina deberán montar controles fronterizos especiales, conceder a las empresas mineras acceso a “todo tipo de recursos naturales” —lo que incluye el agua—, permitir aeropuertos privados en la frontera y conceder un conjunto de excepciones a sus leyes de migración, salud, trabajo y protección sanitaria. Aún más, deberán conceder nuevos privilegios en el futuro. En el caso chileno, todo lo que sea concedido a través del tratado minero queda reforzado y protegido por los múltiples tratados de libre comercio que el país ha firmado. En el caso argentino, cumplen hasta el momento esta función principalmente el Código Minero aprobado en 1999 y la Ley de Inversiones Mineras del 2004. Es profundamente irónico que un tratado de paz que puso fin a años de tensiones durante los cuales ambos países estuvieron al borde de la guerra por las disputas por territorios fronterizos haya sido utilizado como excusa para entregar los mismos territorios a las mineras transnacionales.

Las empresas mineras transnacionales no han tenido gran presencia en Argentina, con excepción de las empresas petroleras y de gas natural, pero son bien conocidas en Chile. Ellas se han caracterizado por no sólo exigir todo tipo de garantías y privilegios, sino también por ser hábiles manipuladoras de la ley con el fin de expandir sus ganancias. Barrick Gold, por ejemplo, ha operado una mina de oro en Chile por más de quince años sin pagar un peso en impuestos. Año tras año han declarado pérdidas gracias al uso de manipulaciones contables, como la de declarar haber operado mediante préstamos con tasas de interés altísimas o haber vendido los minerales extraídos a precios bajísimos a sus propias subsidiarias. Debido a este tipo de maniobras Chile no ha recibido casi ningún ingreso proveniente de las explotaciones mineras extranjeras, a pesar que ellas extraen y comercializan casi la mitad de la producción minera del país.

El impacto del tratado minero y la maraña legal que lo acompaña ya se está sintiendo. Ya hay cuatro mega proyectos mineros transfronterizos aprobados: Pascua Lama (Barrick Gold), El Pachón (Falconbridge), Vicuña (Rio Tinto) y Amos-Andres (también de Río Tinto). En Argentina, los proyectos mineros en manos de transnacionales han pasado de tres en el 2002 a 150 hacia fines del 2005. Los minerales explotados son principalmente cobre y oro, pero también son importantes el molibdeno y la plata. Hasta el momento, los proyectos se sitúan en las altas montañas del norte de Chile y Argentina, así como en el extremo sur, donde los territorios son principalmente de cerros de altura media. Ambas áreas son regiones claves para la cosecha natural del agua que alimenta a comunidades rurales en la zonas más cercanas y a diversas ciudades en las zonas más bajas. El tratado minero cubre más del 95% de la frontera entre Chile y Argentina, una de las más extensas del mundo. Los proyectos futuros sin duda se situarán en zonas más centrales de la frontera, cerca de los lugares donde se desarrolla la mayor parte de la agricultura y de donde vive la mayor parte de la población chilena y una parte importante de la población argentina.

Las tecnologías de extracción que se utilizarán son el tajo abierto y la lixiviación, ambas extremadamente contaminantes y consumidoras de agua. “Tajo abierto” significa que montañas completas serán dinamitadas para convertirlas en fracciones pequeñas y extraerles el mineral. Se calcula que se producirán miles de toneladas de polvo y residuos cada día y se consumirán varios miles de litros de agua por minuto, además de la contaminación con cianuro y diversos ácidos. El abastecimiento de agua de comunidades rurales y ciudades está en serio peligro. La actividad de Pascua Lama, por ejemplo, puede destruir tres glaciares que han alimentado a comunidades indígenas por siglos y les han permitido hacer agricultura en las cercanías del desierto más seco del mundo. También pondrá en peligro el abastecimiento de agua de varias ciudades medianas.

Todas las empresas involucradas tiene conciencia del impacto ambiental que causarán, y por tanto han indicado en sus informes anuales y sus sitios de internet que la protección ambiental es su prioridad máxima. Sin embargo, han utilizado todas las formas posibles para no cumplir con la ley. Las leyes ambientales de Chile y Argentina exigen Estudios de Impacto Ambiental para todos los proyectos mineros. Las empresas por lo tanto han solicitado permisos “provisorios” que les permiten iniciar construcciones y avanzar en la prospección. Pero una vez que los permisos provisorios han sido concedidos, estos son incorporados como bienes con valor económico por parte de las empresas y quedan entonces protegidos mediante los acuerdos de libre comercio o de protección a las inversiones. Por lo tanto, si un estudio ambiental muestra impactos inaceptables y los permisos son revocados, ambos países enfrentan la posibilidad de ser llevados a los tribunales del CIADI y tener que pagar multas multimillonarias. Esta posibilidad y la intensa actividad de presión política por parte de las transnacionales han desarrollado en autoridades y burócratas una asombrosa capacidad de manipulación legal. El proyecto Pascua Lama, por ejemplo, continúa adelante, a pesar de su obvio y tremendo impacto ambiental negativo. En Chile, la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), cuyo mandato legal es proteger el medio ambiente, está trabajando codo a codo con Barrick Gold para “resolver” las barreras legales y hacer posible el proyecto minero.

Las organizaciones locales y sociales de ambos lados de la frontera se han opuesto con fuerza a los diferentes proyectos mineros. Las empresas mineras han utilizado todo tipo de mecanismos para detener la resistencia: sobornos, promesas de trabajo futuro, “proyectos de desarrollo”, amenazas físicas y sicológicas. La resistencia continúa. La presión política por parte de las empresas también ha continuado, con éxito. Un proyecto de ley que protege los glaciares de la actividad minera ha dormido en el parlamento chileno desde el 2004, pero otro proyecto recientemente presentado para permitir la explotación de yacimientos de agua subterráneos avanza sin obstáculos aparentes.


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