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TLCs y biodiversidad

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TLCs y biodiversidad

bilaterals.org y GRAIN
Septiembre 2007

Los tratados bilaterales de libre comercio e inversiones (TLC) facilitan la privatización, explotación y contaminación de la biodiversidad a manos de las grandes empresas transnacionales globalizadas. La biodiversidad es tan centralmente importante para el sustento de los pueblos en las comunidades y para cualesquier “alternativas” a los modelos de desarrollo predominantes -y está tan intrínsecamente ligada a las culturas locales- que los impactos de los TLC son motivo de preocupación vital para muchos movimientos populares.

Privatización

Los TLC imponen la privatización de la biodiversidad, forzando a los países a modificar sus normas de propiedad intelectual para permitir un mayor grado de apropiación privada de los seres vivos y sus componentes, que la que establece la OMC. De modo que los países a menudo tienen que cambiar sus leyes nacionales para posibilitar la obtención de patentes sobre plantas y animales; establecer condiciones que garanticen la propiedad privada de las obtenciones vegetales o variedades de plantas (semillas) en manos de las grandes empresas, sumándose a tal efecto a la UPOV (Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales); y facilitar el patentamiento de micro-organismos adhiriendo para ello al Tratado de Budapest. Algunos gobiernos del Sur están tratando de utilizar los TLC para establecer derechos de propiedad intelectual (DPI) sobre el saber tradicional asociado a la biodiversidad.

Estos cambios en las legislaciones nacionales convierten lo que alguna vez “perteneció” a las comunidades en propiedad exclusiva de las empresas transnacionales (ETN). De modo tal que los pueblos se ven obligados a pagar regalías por utilizar “sus” productos. Guardar e intercambiar semillas cosechadas de cultivos que son de “propiedad intelectual” de alguna empresa o titular individual, se convierte así en una acción ilegal. Los campesinos pueden ser llevados a juicio si los genes patentados son encontrados en sus predios, aun cuando ellos no hayan comprado ni sembrado semillas patentadas. El objetivo es incrementar las ganancias y el control de los mercados en manos de las agroempresas transnacionales y sus accionistas. Estados Unidos no firmará ningún TLC que no incluya estas cláusulas. La Unión Europea (UE) también promueve la mayoría de ellas con ahínco. Los gobiernos de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA/AELC) y Japón también utilizan los TLC para obtener derechos más rigurosos de propiedad intelectual sobre la biodiversidad en otros países.

Explotación

Los TLC le facilitan a las ETN la explotación de la biodiversidad de otros países de variadas maneras. La bioprospección -la exploración e investigación de la biodiversidad en busca de genes útiles y rasgos o procesos genéticos para nuevos productos comerciales- está incluida en estos acuerdos, generalmente como un componente de las normas sobre servicios e inversiones. Allí se modelan muchos nuevos derechos y libertades para las empresas extranjeras: el derecho a ingresar y llevar a cabo investigaciones, exportar los materiales biológicos recolectados, obtener derechos de propiedad intelectual sobre los resultados de las investigaciones, no tener que contar con un domicilio legal en el país donde se realiza la bioprospección, etcétera. Estas disposiciones pueden ser incompatibles con la legislación nacional sobre biodiversidad y pese a eso imponerse por encima de ella.

Costa Rica, por ejemplo -el país que le dio nombre a la bioprospección en 1991, cuando la empresa farmacéutica Merck firmó un acuerdo de 1 millón de dólares con INBio (el Instituto Nacional de Biodiversidad) para surcar los bosques del país en busca de nuevas medicinas- tiene normas muy minuciosas sobre el ingreso de extranjeros para recolectar especimenes biológicos. Pero estas disposiciones fueron arrojadas al viento por el Tratado de Libre Comercio de América Central (TLCAC o CAFTA por sus siglas en inglés), cuyas libertades para los inversionistas estadounidenses serán las que se apliquen en lugar de la legislación nacional sobre biodiversidad. El gobierno malayo estaba preocupado que eso mismo le sucediera con su TLC con el Japón, y por eso excluyó de las normas sobre inversiones para la bioprospección, generalmente incluidas en los TLC, los asuntos regulados por su legislación federal o estatal al respecto.

A nivel global, los TLC también le facilitan a las agroempresas transnacionales el establecimiento de instalaciones de producción, procesamiento y/o exportación. Esto ocurre no sólo con la expansión de las empresas del Norte, sino también de ETN del Sur, tales como Charoen Pokphand (CP) en Asia. Al brindarle a estas transnacionales nuevos derechos y libertades para operar, y otros incentivos financieros, se alienta a las empresas a operar localmente. En la agricultura y la ganadería, eso generalmente significa inducir a los agricultores a abandonar sus sistemas tradicionales y adoptar semillas o variedades específicas adaptadas a condiciones de monocultivo y homogenización de alta tecnología. En el caso de la pesca, significa que las empresas extranjeras adquieren derechos para explotar las pesquerías locales, lo cual es una preocupación central del TLC entre Japón y Filipinas (JPEPA, por sus siglas en inglés). La expansión de la producción industrial de alimentos destruye la biodiversidad local, ya sea erosionándola o sustituyéndola por unas pocas variedades comerciales aprobadas por las empresas, muy rentables y de gran potencial de mercado.

Contaminación

Los TLC son crecientemente utilizados para garantizar que los países no puedan impedir los ensayos, la liberación comercial y el consumo masivo de transgénicos. Sus disposiciones sanitarias y fitosanitarias determinan qué tipo de normas de seguridad pueden “interferir con” el comercio agropecuario, que no debería tener ningún tipo de trabas. A medida que la producción mundial de alimentos se hace cada vez más deslocalizada y el comercio agrícola crece, los países quieren preservar ansiosamente sus propias normas de salud y seguridad. Pero Estados Unidos insiste vehementemente en que sus normas sean aplicables a sus socios de TLC. La UE comparte la misma postura con relación a sus propias normas sanitarias y fitosanitarias, que califica como “no negociables”. Entre tanto, las disposiciones sobre “obstáculos técnicos al comercio” imponen límites a las normas de etiquetado.

Washington le exige cada vez más a sus socios de TLC aprobar la autorización automática de las importaciones de cualquier producto alimenticio o agrícola de origen estadounidense aprobado para la exportación en ese país. Estados Unidos realiza todas las pruebas aplicando sus propios criterios, y el otro gobierno tiene que avenirse a confiar en ellas. (Ni siquiera se admiten disputas al respecto). Pero EUA no cuenta con un sistema nacional (mucho menos uno confiable) de inocuidad de los alimentos, aunque practica una agricultura sumamente dependiente de agrotóxicos, transgénicos y otras tecnologías polémicas como la irradiación. Corea del Sur prohibió la importación de carnes de origen estadounidense tan pronto como se detectó la enfermedad de las vaca locas o Encefalopatía espongiforme bovina (EEB) en EUA, pero Washington impuso la reapertura del mercado de carne surcoreano como condición previa a cualquier TLC con ese país.

Entretanto, los movimientos de consumidores, las organizaciones campesinas y muchos otros intentan impedir que los sistemas alimentarios y agrícolas sean contaminados con transgénicos. Bajo la presión de Monsanto y otras empresas, el gobierno de EUA utiliza las puertas traseras que le ofrecen las negociaciones de los TLC para imponer la aceptación de los transgénicos en aquellos países que aún oponen resistencia. Esta presión la ha ejercido sobre Australia, Ecuador, Tailandia, Malasia y Corea del Sur, entre otros. La presión pública en Australia impidió la apertura inmediata del mercado a los productos transgénicos de EUA, pero ambos gobiernos acordaron crear una comisión para continuar con las negociaciones. Washington y Seúl firmaron aparentemente un memorando de entendimiento en que Corea del Sur acepta no discriminar los productos estadounidenses en su aplicación del Protocolo de
Bioseguridad del Convenio de Diversidad Biológica. Eso significa que los alimentos transgénicos de EUA no deberían, en la medida de lo posible, ser etiquetados como tales al ser comercializados en Corea del Sur, ya que eso podría afectar las ventas de productos estadounidenses.


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