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Tribunal alemán declara la primacía del Derecho de la UE sobre laudos CIADI

Por CIAR Global | 31 de julio 2023

Tribunal alemán declara la primacía del Derecho de la UE sobre laudos CIADI

Un tribunal alemán ha declarado que los países miembros de la Unión Europea pueden eludir el arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) presentado al amparo del Tratado de la Carta de la Energía (TCE).

El Tribunal Federal de Justicia alemán, Bundesgerichtshof (BGH), ha dictaminado la primacía de la aplicación del Derecho de la UE frente al Derecho Internacional público también en los casos de arbitraje de inversiones entre países de la Unión.

El BGH emitió la decisión comunicándola a través de nota de prensa: “Posible protección jurídica nacional contra los procedimientos arbitrales intracomunitarios inversor-Estado del CIADI sobre la base del Tratado sobre la Carta de la Energía“, el 27 de julio de 2023, estimando que: “La protección jurídica nacional previa es posible contra los procedimientos arbitrales intracomunitarios inversor-Estado del CIADI sobre la base del Tratado sobre la Carta de la Energía”.

La Sala Primera de lo Civil del BGH, competente para conocer de litigios relativos a convenios de arbitraje, ha dictaminado que los Estados miembros de la Unión Europea (UE) están autorizados a utilizar la protección judicial nacional previa contra procedimientos arbitrales iniciados por inversores de otros Estados miembros sobre la base del TCE en virtud del Convenio CIADI.

En el documento se hace referencia a tres procedimientos relacionados con demandas en el sector energético.

El Tribunal Federal de Justicia argumenta que de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la cláusula de arbitraje contenida en el TCE “viola la legislación de la UE para el arbitraje intra-UE inversor-Estado, impidiendo la celebración de un acuerdo de arbitraje efectivo.” Debido a su incompatibilidad, en particular, con el Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), “falta el consentimiento efectivo y, por tanto, la oferta de los Estados miembros de la UE demandantes de celebrar un convenio de arbitraje.”

La nota de prensa del Bundesgerichtshof se puede consultar aquí: “Posible protección jurídica nacional contra los procedimientos arbitrales intracomunitarios inversor-Estado del CIADI sobre la base del Tratado sobre la Carta de la Energía.”


 source: CIAR Global