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Costa Rica ; ¿A quién representa el G38 ?

En la mañana del 13 de febrero el G38 menos 2 entregó el ICE al capital extranjero.

Diputadas y diputados del G38 :

* ¿Por qué no aceptaron las mociones que garantizaban los principios de solidaridad y universalidad en la prestación del servicio de telecomunicaciones ?

* ¿Por qué se opusieron a los subsidios cruzados que benefician a las personas de menores ingresos ?

* ¿Por qué no quisieron que en esta ley quedara establecido que las telecomunicaciones son un servicio publico y no un servicio disponible al público ?

* ¿Por qué se opusieron a que dentro de la ley se estableciera que las y los costarricenses tenemos derecho a un servicio de calidad y sin interrupciones ?

* ¿Por qué la concesión de las frecuencias del espectro radioeléctrico quedó en manos del Poder Ejecutivo ? ¿Corrupción y tráfico de influencias legalizado ?

* ¿Por qué debe el ICE poner en manos de las gigantescas trasnacionales su infraestructura ?

* ¿Por qué debe el ICE poner a disposición de estas empresas toda su información sensible ?

Comparto con ustedes solo algunas de las mociones que los representantes de las transnacionales de telecomunicaciones le rechazaron al diputado José Merino del FA y a los diputados del PAC ; y cuyo objetivo era defender los intereses de todas y todos, hasta de los que votaron SI.

Moción de Reiteración N° 136-1

ARTÍCULO 35.- Objetivos del Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad

(...)

c) Dotar como mínimo de servicios de internet, telefonía fija y celular de calidad, de manera oportuna, eficiente y a precios asequibles y diferenciados a las instituciones y personas con necesidades sociales especiales, tales como albergues de menores, adultos mayores, personas con discapacidad, población indígena, escuelas y colegios públicos, bibliotecas públicas, centros de capacitación pública, centros de salud públicos ; y"

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 541-1

"ARTÍCULO 35.- Objetivos del Servicio Universal, Acceso Universal y Solidaridad.

Los objetivos fundamentales del régimen de servicio universal, acceso universal y solidaridad, son :

(...)

"Brindar el servicio de Internet a albergues, centros comunitarios de poblaciones indígenas, mujeres jefas de hogar, escuelas y colegios públicos, maestros y profesores que laboren para instituciones de enseñanza en todos los niveles, hospitales públicos y municipalidades, de forma gratuita."

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 512-1

ARTÍCULO 35.- Objetivos del Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad

Los objetivos fundamentales del régimen de acceso universal, servicio universal y solidaridad son :

a. Promover el acceso a servicios de telecomunicaciones de calidad, de manera oportuna, eficiente y a precios asequibles y competitivos a los habitantes de las zonas del país donde el costo de las inversiones para la instalación y mantenimiento de la infraestructura hace que el suministro de estos servicios no sea financieramente rentable ;

b. Promover el acceso a servicios de telecomunicaciones de calidad, de manera oportuna, eficiente y a precios asequibles y competitivos a los habitantes del país que no tengan recursos suficientes para acceder a ellos ;

c. Dotar de servicios de telecomunicaciones de calidad, de manera oportuna, eficiente y a precios asequibles y competitivos a las instituciones y personas con necesidades sociales especiales o de un alto impacto en el bienestar de las comunidades, tales como albergues de menores, adultos mayores, personas con discapacidad, población indígena, escuelas y colegios públicos, centros de salud públicos, Cruz Roja ; y de reducir la brecha digital, garantizar mayor igualdad de oportunidades, así como el disfrute de los beneficios de la Sociedad de la Información y el conocimiento por medio de un fomento de la conectividad, el desarrollo de infraestructura y la disponibilidad de dispositivos de acceso y servicios de banda ancha.

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 138-1

“ARTÍCULO 36.- Desarrollo de objetivos de Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad

(...)

Dicha Agenda contendrá, entre otros aspectos, mecanismos eficaces para extender la cobertura gratuita de internet de banda ancha a todas las escuelas y colegios públicos, bibliotecas públicas y centros de salud públicos del país. (...)"

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 139-1

"ARTÍCULO 37.- Creación del Fondo Nacional de Telecomunicaciones

(...)

Los recursos de Fonatel deberán ser administrados y asignados con equidad y las más estrictas normas de transparencia. Los funcionarios encargados de decidir sobre dicha asignación no podrán tener ningún tipo de vinculación con los beneficiarios de dichos recursos."

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 408-1

ARTÍCULO 41.- Financiamiento del Fondo Nacional de Telecomunicaciones

El Fondo Nacional de Telecomunicaciones será financiado con recursos de las siguientes fuentes :

a. Los recursos provenientes del otorgamiento de las concesiones, cuando corresponda.

b. Las transferencias y donaciones que instituciones públicas o privadas realicen a favor de Fonatel.

c. Las multas e intereses por mora que imponga el Ente Regulador.

d. Los recursos financieros que generen los recursos propios de Fonatel.

e. Una contribución especial parafiscal dentro de una banda con un mínimo del 8% y un máximo del 12% de los ingresos brutos devengados por los operadores de redes públicas de telecomunicaciones y los proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al público.

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 197-1

“ARTÍCULO 41.- Financiamiento del Fondo Nacional de Telecomunicaciones

Contribución especial parafiscal de operadores y proveedores de telecomunicaciones a Fonatel.

(...) Esta contribución parafiscal se justifica en la necesidad de brindar servicios de telecomunicaciones de calidad y a precios asequibles a todos los habitantes de la República de conformidad con los principios de acceso universal, servicio universal y solidaridad derivados del artículo 50 de la Constitución Política. Además, se justifica en el hecho incontrastable de que el espectro radioeléctrico es un bien propio de la Nación, cuya explotación debe estar orientada al beneficio de la colectividad. (...)"

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 192-1

"Artículo 43.- Rendición de cuentas de Fonatel

(...)

La Contraloría General de la República y el Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, la Asamblea Legislativa, la Defensoría de los Habitantes, así como cualquier ciudadano podrán solicitar los informes adicionales que sean necesarios para garantizar la transparencia y el uso eficiente de los recursos de Fonatel."

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N°188-1

"ARTÍCULO NUEVO.- Violación del derecho de intimidad.

Sin prejuicio de la responsabilidad civil o penal que proceda o de la imposición de las sanciones administrativas establecidas en el artículo 75 esta Ley, la comisión de las siguientes conductas por parte de los operadores o proveedores dará lugar a la resolución del contrato de concesión o a la declaratoria de caducidad de la autorización según corresponda, sin responsabilidad alguna para el Estado :

a) Escuchar, grabar, almacenar, intervenir o vigilar las comunicaciones de los usuarios finales sin su consentimiento expreso, previo y por escrito.

b) Permitir o facilitar las condiciones para que terceros graben, almacenen, intervengan o vigilen las comunicaciones de los usuarios finales sin el consentimiento expreso, previo y por escrito."

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 187-1

“ARTÍCULO 46.- Datos de tráfico y localización

Los datos de tráfico y de localización relacionados con los usuarios finales que sean tratados y almacenados bajo la responsabilidad de un operador o proveedor, deberán eliminarse o hacerse anónimos cuando ya no sean necesarios a efectos de la transmisión de una comunicación o para la prestación de un servicio. Se prohíbe la entrega o venta de estos datos a terceros, salvo que medie orden dictada por un juez competente, de conformidad con la Ley y lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución Política. (...)”

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 185-1

"ARTÍCULO 48.- Derechos de los usuarios finales.

(...)

Recibir información clara, en idioma español, veraz, completa, expedita y adecuada sobre el precio, la calidad y las demás condiciones y limitaciones de la prestación de los servicios, así como el régimen de protección del usuario final, incluyendo los medios y procedimientos reclamar sus derechos en caso de incumplimiento."

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 181-1

"ARTÍCULO 48.- Derechos de los usuarios finales.

(...)

5) Recibir el servicio en forma equitativa, continua, sin interrupciones y en condiciones óptimas de calidad, así como tener acceso a las mejoras que el proveedor implemente, pagando el precio correspondiente bajo el principio de servicio al costo definido en el artículo 3, inciso b) de la Ley N.° 7593."

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 179-1

"ARTÍCULO 48.- Derechos de los usuarios finales.

(...)

7) Recibir oportunamente la factura mensual del servicio, en forma y medio que se garantice su privacidad y de manera que sea posible realizar el pago sin recargos por mora en un plazo razonable, preciso y claramente determinado."

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 180-1

"ARTÍCULO 48.- Derechos de los usuarios finales.

(...)

6) Acceder de forma gratuita e inmediata desde cualquier aparato a los servicios de emergencia, cuando se trate de servicios de telefonía o similares. Lo anterior incluye el derecho a que el proveedor trasfiera expeditamente y sin retención indebida a la administración del Sistema de Emergencias 9-1-1 la totalidad de la tasa pagada por abonados y usuarios para dicho servicio."

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 175-1

"ARTÍCULO 48.- Derechos de los usuarios finales.

(...)

11) Obtener la pronta corrección de los errores de facturación, incluyendo la inmediata devolución de los montos pagados en exceso o por servicios no solicitados o no recibidos efectivamente por responsabilidad del proveedor."

¡RECHAZADA !

Moción de reiteración N° 174-1

"ARTÍCULO 48.- Derechos de los usuarios finales.

(...)

12) Recibir servicios de calidad en todo el territorio nacional y en los términos previamente estipulados y pactados con el proveedor, a precios asequibles, no predatorios, que contemplen únicamente los costos necesarios para prestar el servicio más una retribución razonable que permita financiar nuevas inversiones para su constante mejoramiento."

¡RECHAZADA !

Esta es sólo una pequeñísima muestra que nos deja muy claro a favor de quienes vota el G38.

Fuente Actas del plenario legislativo


 source: Sin pelos en la lengua